jueves, 4 de octubre de 2012

Los usos del comercio

Los usos del comercio son normas de Derecho objetivo creadas por la observancia repetida, uniforme y constante de los comerciantes en sus negocios.

Usos del comercio

- Usos del comercio: categoría especial de usos de negocios o tráfico


Dentro del campo genérico de las normas consuetudinarias los usos de comercio entran en la categoría especial de usos de los negocios o usos del tráfico, nacidos en el seno mismo de la contratación mercantil, bien para suplir la ausencia de regulación legal adecuada, bien para colmar las lagunas que existan en el contenido de los contratos o bien, sencillamente, para resolver las dudas que surjan en la interpretación de éstos. Con esto queda claro que el uso mercantil no es un uso de hecho (repetición de actos u operaciones materiales del tráfico), sino un uso esencialmente jurídico, que cumple cualquiera de esas tres funciones con carácter de norma de Derecho objetivo.

- Importancia del uso del comercio


Históricamente la importancia del uso ha sido superior a la de la ley. En su origen el Derecho mercantil fue esencialmente consuetudinario. La insuficiencia del Derecho común obligó a los comerciantes a buscar una regulación adecuada al comercio en usos nacidos al margen de la ley común, que sólo con el predominio del poder legislativo en el Estado moderno pasan a ocupar un rango inmediatamente inferior al de esa fuente de Derecho escrito. El movimiento codificador ha subrayado la jerarquía de las fuentes y la función supletoria que hoy tiene el uso al ser aplicable únicamente en defecto de la ley (artículo 2 del Código de comercio). Pero aun así la imposibilidad de que los Códigos mercantiles, incluso los más perfectos, llenen las exigencias siempre nuevas del comercio, hace que el uso siga conservando un importante papel como fuente del Derecho mercantil moderno.

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Fuente:
Derecho Mercantil, Rodrigo Uría.