lunes, 7 de enero de 2013

Invenciones del Personal del Establecimiento

La Ley reguladora del Contrato de trabajo, texto refundido de 26 de enero de 1944, abordó la cuestión relativa a la pertenencia o propiedad de las invenciones realizadas por los trabajadores en los talleres, distinguiendo al efecto entre invenciones "de la explotación", invenciones "de servicio" e invenciones "libres". Las dos primeras, que son las que se hacen en el taller predominando en ellas las instalaciones y los métodos y procedimientos de la empresa, sin distinción particular de persona alguna, y las realizadas por trabajadores contratados al efecto para estudiarlas y obtenerlas, se declaran de propiedad del empresario.

Las terceras, en las que predomina la personalidad del trabajador, pertenecerán a ésta aunque hayan nacido con motivo de su trabajo en la explotación (art. 29). El Estatuto de los Trabajadores de 10 de marzo de 1980 ha derogado expresamente la Ley de Contrato de Trabajo, mas no por ello quedan sin regulación las invenciones del personal del establecimiento, porque al amparo de lo dispuesto en la disposición final cuarta de ese Estatuto han de considerarse vigentes con carácter reglamentario los artículos 29 y 30 de la derogada Ley de Contrato de Trabajo.

Fuente:
Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, páginas 58 y 59.