viernes, 18 de enero de 2013

La libertad de competencia y sus limitaciones

El sistema de empresa privada y economía de mercado descansa en el juego de la libre competencia. En principio, la concurrencia en el mercado es libre, pero la libertad de concurrencia no ha sido nunca absoluta. El Código de comercio prohíbe a determinadas personas unidas o asociadas en una misma empresa hacerle competencia ejercitando la misma actividad comercial (es el caso de los socios colectivos, de los factores, de los capitanes de buques: artículos 136, 137, 288 y 613).

Otras veces es el propio Estado el que restringe la libre competencia concediendo monopolios directos o indirectos para el ejercicio de ciertas actividades económicas, nacionalizando determinadas empresas, prohibiendo o evitando la creación de nuevas industrias, o recortando en cualquier otra forma el campo de la actividad empresarial; y en no pocas ocasiones son los propios empresarios los que limitan entre sí la competencia recíproca mediante acuerdos o pactos especialmente dirigidos a ese fin.

Desde luego, las concesiones monopolísticas y las nacionalizaciones de empresas sustraen necesariamente ciertos sectores económicos a la libre iniciativa privada, y las demás medidas de intervención estatal en el terreno económico debilitan siempre, en mayor o menor grado, la libertad económica. Pero, en cualquier caso, no son las medidas técnicas de intervención en la Economía las que aquí interesa examinar, sino, por el contrario, las medidas legales dirigidas a impedir que los empresarios limiten o estrangulen, en beneficio propio, el juego normal de la libre competencia en el mercado.

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Fuente:
Derecho mercantil, Rodrigo Uría, página 64.