jueves, 10 de enero de 2013

Modelos y Dibujos Industriales y Artísticos

Se entiende modelo industrial "todo objeto que pueda servir de tipo para la fabricación de un producto y que pueda definirse por su estructura, configuración, ornamentación o representación"; por dibujo industrial, "toda disposición o conjunto de líneas o colores o líneas y colores aplicables con un fin comercial a la ornamentación de un producto, empleándose cualquier medio manual, mecánico, químico o combinados" (art. 182); y por dibujo artístico, "el que constituyendo una reproducción de una obra de arte se explote con un fin industrial" (art. 190). Sobre la distinción entre modelo industrial y modelo de utilidad, véase la sentencia de 21 de marzo de 1962.

Fuente:
Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, página 60.