domingo, 7 de abril de 2013

Transmisión de la empresa por negocios inter vivos

A la hora de someter a la empresa como objeto de negocios jurídicos se busca su naturaleza jurídica patrimonial. Se han elaborado tres teorías al respecto:

- Teoría clásica unitaria: La empresa es una unidad encuadrada en distintos términos: la persona jurídica, la organización, etc., de tal manera que una única compraventa (un título) transmite la propiedad con una sola entrega (un modo de entrega).

- Teoría atomista: La empresa al reducirse a una pluralidad de bienes derechos y relaciones con unidad jurídica no se puede encuadrar en ninguna categoría jurídica unitaria sino que el régimen jurídico aplicable en su tráfico jurídico es plural y diverso. De tal manera que varias compraventas (varios títulos) transmiten la propiedad con varias entregas (varios modos de entrega).

- Teoría ecléctica o intermedia: La empresa no es una unidad jurídica patrimonial pero el Derecho la considera jurídicamente como una unidad funcional, lo cual significa que un único negocio con respecto a ella generará la obligación de transmitir todos y cada uno de sus elementos esenciales. De tal manera que una única compraventa (un título) transmite la propiedad con varias entregas (varios modos de entrega).

Esta última es la dominante en nuestro ordenamiento y la que goza de aplicación y aceptación mayoritaria.

● Problemática común a todos los negocios traslativos de la empresa.

Los negocios jurídicos que tienen como objeto la transmisión de empresa tienen una especialidad del objeto común (la empresa). Por ello, se plantean en estos negocios jurídicos una serie de cuestiones comunes:

- Principio de unidad de título-diversos modos traditorios: la entrega real de la empresa se otorgará descompuesta en todos los elementos que la integran.

- Se somete al transmitente obligaciones positivas o de colaboración (ceder créditos y deudas anteriores a la transmisión y ceder los contratos en curso, de prestación periódica o de tracto sucesivo) y obligaciones negativas (prohibición de competencia). Este mecanismo se construye como un dispositivo para entregar efectivamente al comprador con las mismas expectativas de rentabilidad que tuviera el transmitente.