lunes, 24 de junio de 2013

Conductas autorizables en la competencia

Son las que deberían estar prohibidas y además no están autorizadas, pero que la autoridad administrativa puede autorizar en función de (1) superior interés económico, (2) escasa importancia económica. Tras su autorización, de práctica autorizable pasa a ser práctica autorizada.

Son de 2 tipos: conductas autorizadas singulares (las dicta el TDC para cada caso), conductas autorizadas mediante una exención por categoría (las dicta el Gobierno mediante Reglamentos de exención).