lunes, 24 de junio de 2013

La defensa jurisdiccional de la competencia leal

Empresario que sufre competencia desleal → acciones civiles: declarativa de deslealtad, de cesación del acto o la situación, de remoción de los efectos producidos, de rectificación de informaciones falsas y similares, de resarcimiento de daños y perjuicios y de enriquecimiento injusto (en caso de violar exclusiva empresarial del perjudicado).

Pueden desempeñarlas los perjudicados, las asociaciones profesionales o económicas y las asociaciones de consumidores. Plazo prescripción: 1 año desde poder ser ejercitada (desde tener conocimiento), de 3 años desde la realización del acto.