domingo, 23 de junio de 2013

Protección jurisdiccional de la patente y de los derechos del titular

Acciones ejercitables: penales (CP) y civiles (de cesación (medida cautelar, paraliza infracción aparente); de daños y perjuicios; de embargo de los objetos derivados de la violación de una patente; de atribución en propiedad de tales objetos, mediando indemnización; de transformación y destrucción de dichos objetos; para la publicación de sentencia condenatoria de violación de patente; negatoria de la violación de patente). Las civiles prescriben a los 5 años desde que pueden ejercitarse.