martes, 1 de octubre de 2013

El préstamo a la gruesa

El préstamo a la gruesa es una modalidad especial del contrato de préstamo.

Prestamo gruesa

El contrato de préstamo consiste en la entrega de una de las partes a otra de dinero u otra cosa fungible, adquiriendo la propiedad el prestatario, que está obligado a devolver al acreedor o prestamista otro tanto de la misma especie y calidad.

- El préstamo a la gruesa


El préstamo a la gruesa, hoy día en desuso, está regulado en el artículo 719 de nuestro Código de comercio, que establece que "se reputará préstamo a la gruesa o a riesgo marítimo, aquel en que, bajo cualquier condición, depende del reembolso de la suma prestada y el premio por ella convenido, del feliz arribo a puerto de los efectos sobre que esté hecho, o del valor que obtengan en caso de siniestro".

Se podría decir que el préstamo a la gruesa se encuentra en una posición cercana al contrato de seguro, basándonos básicamente su carácter aleatorio.

Este préstamo puede constituirse sobre la figura del buque, de sus pertenencias o accesorios así como sobre las mercancías cargadas. Debe celebrarse mediante escritura y se caracteriza por el hecho de que si el buque no arriba o vuelve al puerto por pérdida debida a los accidentes del mar, se extinguen las acciones del prestamista (artículo 731 del Código de comercio).

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Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.

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Fuente:
Guillermo J. Jiménez Sánchez y Alberto Díaz Moreno (Coordinadores), "Lecciones de Derecho mercantil", págs. 504-505.