miércoles, 28 de enero de 2015

El depósito bancario cerrado

Por el depósito bancario cerrado entregamos al Banco bienes o cosas [normalmente joyas, metales preciosos o documentos de valor jurídico (por ejemplo, un documento hológrafo)] con el fin de que este los custodie a cambio de una contraprestación.

Banco y deposito bancario cerrado

- La misión del banco en el depósito bancario cerrado: la custodia de la cosa


Estos bienes objeto de depósito bancario cerrado se entregan precintados con una finalidad de custodia. No se entrega la propiedad tal cual, generalmente se entregarán en cajas o sobres precintados. El banco los guarda en una suerte de búnker altamente protegido, con acceso restringido.

- Responsabilidad del banco en el depósito bancario cerrado


El banco va a responder por la pérdida o deterioro que puedan sufrir las cosas salvo fuerza mayor o caso fortuito.

El importe de la responsabilidad tiene como límite el valor de las cosas depositadas, que figura en la correspondiente factura de entrega, que es un documento firmado por el banco y esto hace las veces del contrato.

El banco va a poder exigir que se le muestren las cosas previamente para comprobar que efectivamente son del valor que indicado (una vez verificado su valor, pasan a ser precintadas por el mismo banco).