viernes, 24 de abril de 2015

Derecho aéreo: juicio crítico

El progreso de la aviación civil constituye, sin duda, un factor esencial en el desarrollo de las sociedades contemporáneas. Además de la importancia que la industria aeronáutica ha adquirido en las economías nacionales, el transporte aéreo ocupa un lugar central en la internacionalización de las relaciones económicas y sociales y en los intercambios económicos, científicos y culturales.

Aviacion civil y Derecho aereo

- El transporte aéreo: de un medio de transporte disfrutado por minorías sociales a un sistema de desplazamiento que afecta a millones de personas en el mundo


El gran desarrollo experimentado por el transporte aéreo en el breve lapso de tiempo que va desde aquel vuelo de los Wright en 1903 a la actualidad, ha propiciado que haya pasado de ser un medio de transporte utilizado por unas minorías sociales a convertirse en un sistema de desplazamiento que afecta a millones de personas en todo el mundo. Usado -además- como uno de los principales medios para el transporte de mercancías, teniendo un papel fundamental en el comercio internacional en la economía globalizada del siglo XXI.

Transporte de mercancias y Nueva York


- El Derecho aéreo y su legislación, en constante actualización y revisión


Por ello, su regulación y legislación incumbe también a un sector cada vez más amplio de la población que casi a diario lo utiliza y que, por tanto, de una forma u otra se ve afectado por la legislación tanto nacional como internacional. Una legislación que constantemente se ve actualizada y revisada para hacer frente a las nuevas situaciones, tal y como queda patente, por ejemplo, con la incorporación del Real Decreto 184/2008, por el que se aprueba el Estatuto jurídico de la nueva Agencia estatal de Seguridad Aérea.

Aeropuerto y Derecho aereo

- El Derecho aéreo, encargado de dar respuesta a las controversias que acontezcan en el ámbito aéreo


El Derecho Aéreo, que -como hemos reseñado en esta web previamente- ha de definirse como el conjunto de normas que regulan el transporte y la navegación aérea y sus relaciones con el entorno social en el que se inscriben, es la rama del Derecho que ha de dar respuesta a las controversias que acontezcan en el ámbito aéreo, que –como mencionamos en la entrada en la que nos referíamos a su importancia- no para de aumentar paulatinamente su influencia en el comercio y el transporte de este siglo, y que nada indica que vaya a dejar de tener tal significación.

Se trata de una disciplina jurídica nacida de un hecho técnico -la aeronavegación- que supuso la consumación de complejas teorías matemáticas y leyes físicas que aún hoy son de evocación obligatoria para comprender temas tan sensibles al derecho como la responsabilidad, la distribución de culpas o las causales de exoneración, entre otras.

Avion y transporte de pasajeros

- La facultad legislativa discrecional de los Estados en el campo del Derecho aéreo


El Derecho Aéreo cuenta con los mecanismos necesarios para dar cabida a una solución de posibles nuevos escenarios que se produzcan por el devenir del trabajo científico, si bien cabe criticar que la -importante- facultad legislativa discrecional de los Estados sobre este campo, hace que el transporte y el comercio aéreo internacional dependan en gran parte de la capacidad de estos para regular esos nuevos hechos, o que acepten normativa internacional pertinente para el caso; y no de una autorregulación propia que -de seguro- daría una respuesta más rápida y eficaz, pero entendemos la necesidad de que la ordenación del Derecho Aéreo dependa en última instancia de los Estados.

Aviacion militar y Derecho aereo

- La necesidad de una convención internacional


Por otro lado, con el estudio de la definición, su evolución o su importancia, hemos echado en falta una -imprescindible- convención internacional, lo suficientemente representativa de la opinión mundial, que cree un régimen jurídico para el espacio aéreo de los Estados, esto es, determine su límite superior -que es, al propio tiempo, el límite inferior del espacio interplanetario-, y que establezca la regimentación jurídica a que debe estar sometido, regule las nuevas relaciones humanas que nacen de la utilización de los espacios y señale los deberes y derechos de los Estados en los ámbitos espaciales que se abren.

En el propósito de limitar la tercera dimensión del territorio estatal, esa convención tendrá que proyectar, desde el centro de la Tierra, que es el punto donde convergen los territorios de todos los Estados, las líneas radiales que configuren el cuerpo geométrico conoide en que ellos consisten, hasta el límite donde comienza el espacio cósmico sometido al régimen de res communis ómnium (formada por aquéllas cosas que por naturaleza están destinadas al uso de todos los hombres y que, por tanto, no podrían pertenecer a un solo individuo).

Convencion de Chicago de 1944 y Aviacion Civil Internacional

- Las libertades del aire, garantía internacional para el tráfico aéreo


No querríamos terminar este análisis sin valorar sumamente las denominadas Libertades del aire, en tanto en cuanto son una garantía internacional para el tráfico aéreo que se ha de defender frente a aquellas posiciones doctrinales que traten de menoscabar la importancia de la libertad en pro de la seguridad -salvo situaciones justificativas, entendidas en sentido restrictivo, que amparen restricciones temporales y excepcionales, creemos- o cualesquiera otros argumentos restrictivos de este mecanismo de libertades que tan grato resultado ha dado en la escala internacional.

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- Artículos en el blog sobre el Derecho aéreo


+ Derecho aéreo: definición, denominación e importancia

+ Principios del Derecho aéreo (I): caracteres y principios

+ Principios del Derecho aéreo (II): principios contenidos en el Convenio de Chicago

+ Principios del Derecho aéreo (III): las libertades del aire

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Por Alberto Freire Bolaño, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.