lunes, 8 de octubre de 2012

La Jurisprudencia

Entre las denominadas fuentes discutidas ha venido ocupando lugar destacado la Jurisprudencia (decisiones del Tribunal Supremo).

Aun reconociendo el alto valor persuasivo y ejemplar que tiene la Jurisprudencia al señalar el modo de aplicar el Derecho, y su eficaz contribución a la formación del Derecho consuetudinario con la repetición uniforme de un nuevo criterio en diferentes fallos, la mayor parte de la doctrina jurídica patria ha venido negando a las decisiones del Tribunal Supremo valor de fuente de Derecho, por estimar que esas decisiones no crean Derecho y no vinculan fuera del caso concreto en que han sido dictadas, sin perjuicio de reconocer el valor efectivo que tienen las resoluciones del Tribunal Supremo, que además de imponerse imperiosamente a los Tribunal inferiores, e incluso con fuerza moral al propio Tribunal que las establece, indirectamente alcanzan en su eficacia un ámbito de generalidad casi igual al de las fuentes normales (ley y costumbre).

En este sentido, el artículo 1 número 6 del Código civil declara que la jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho.

Fuente:
Derecho Mercantil, Rodrigo Uría.