jueves, 17 de enero de 2013

Creaciones e ideas publicitarias

Junto a las modalidades de propiedad industrial expuestas en los artículos precedentes conviene recoger, por su evidente analogía con aquéllas, el derecho que el vigente Estatuto de la Publicidad (aprobado por ley de 11 de junio de 1964) atribuye a su autor sobre las creaciones intelectuales o las invenciones que resultan de cualquier actividad publicitaria pueden gozar de los derechos de propiedad intelectual o industrial, "las ideas publicitarias que posen la condición de novedad u originalidad atribuirán a su autor el derecho a perseguir cualquier posible imitación o a prohibir su utilización para fines distintos de los pactados" (art. 70); y establece, además, que ese derecho podrá ser ejercitado también por el empresario respecto de ideas surgidas en el seno de su propia Agencia o Estudio de publicidad (art. 71).

Fuente:
Derecho Mercantil, Rodrigo Uría, páginas 63-64.