jueves, 11 de abril de 2013

Acciones rescatables

Estas acciones sólo pueden ser emitidas por sociedades cotizadas, y su especialidad consiste en el hecho de que su titular puede rescatar su aportación, amortizándose sus acciones. Esta amortización puede hacerse bien con cargo a beneficios por reservas libres o bien con cargo a una nueva emisión de acciones. El ejercicio de este derecho de rescate se fijará en el acuerdo de emisión de la acción rescatable.

Estas acciones, si se emitieron, sólo pueden suponer un máximo del 25 % del capital social y deberán encontrarse íntegramente desembolsados desde el momento de su emisión.