domingo, 7 de abril de 2013

Empresario, comerciante y operador

El CCom habla de comerciante, no de empresario. Ambos conceptos son diferentes materialmente, puesto que el comerciante es la persona que ejercita el comercio exclusivamente (sector terciario), mientras que el empresario puede dedicarse al comercio (sector terciario), a la extracción de riquezas que se ubican en la naturaleza (sector primario) y a la transformación de materias primas (sector secundario). No obstante, estos términos se consideran sinónimos en la legislación actual.

El término operador es mucho más reciente, y viene a referirse a quienes intervienen en el mercado demandando u ofertando bienes y servicios. En puridad no existen diferencias jurídicas de base entre el empresario y el operador: todo operador reúne los requisitos establecidos por el artículo 1 del CCom. Tan sólo ocasionalmente puede existir una diferencia: la eventual carencia por ciertos operadores del requisito del comerciante de la actuación en nombre propio , como ocurre en mercados como el mercado bursátil no electrónico.