jueves, 11 de abril de 2013

Otros derechos del socio. Los derechos de minoría

Existen otros derechos del socio que pueden corresponder a los accionistas, aunque se encuentren fuera del genérico art. 48 LSA. Existe una gran dispersión normativa, pero básicamente se trata de derechos instrumentales o accesorios a los del art. 48 LSA, que no son proporcionales. Podemos distinguir dos tipos:

1. Derechos no proporcionales para todos los socios. Corresponden a todos los socios, con independencia de su participación en el capital (por ejemplo, derecho de separación).

2. Derechos de minoría. Son los destinados a proteger a los socios minoritarios de la entidad (por ejemplo, derecho a solicitar la convocatoria de una Junta General extraordinaria).