La cuenta corriente, en términos contables, es un sistema de compensación automática y por vía contable de créditos y deudas entre cliente y banco, que constituye la forma de instrumentar contablemente una relación duradera y normal entre ambos.
- Contrato de cuenta corriente bancaria: ¿un contrato autónomo?
Se plantea la duda de si puede considerarse un contrato autónomo.
+ En sentido negativo, se dice que en realidad es el "soporte contable" de otras operaciones que generan créditos o deudas recíprocos entre banco y cliente y que se liquidan mediante compensación, sin que la cuenta tenga entidad contractual propia. Se trataría, pues, de un pacto accesorio en los contratos de depósito o apertura de crédito, para dejar constancia por este medio de los movimientos de fondos que se generen como consecuencia de dichos contratos.
+ En sentido positivo, se dice que aunque carece de regulación positiva, es un contrato que se ha perfilado en la práctica, adquiriendo autonomía del contrato subyacente o causal, y que tiene consecuencias jurídicas propias e independientes, más allá de una mera función instrumental.
- Concepto de contrato de cuenta corriente bancaria
Por el contrato de cuenta corriente, el Banco se convierte en mandatario del cliente para realizar cobros o pagos, por cuenta e interés del mismo, proporcionándole el "servicio de caja".
- Características del contrato de cuenta corriente
+ Es un contrato consensual.
+ Es un contrato bilateral.
+ El titular de la cuenta corriente puede disponer mediante cheques en cualquier momento (a diferencia de la cuenta corriente mercantil en que hay que esperar a la liquidación de la cuenta para la exigibilidad de las obligaciones).
+ En la cuenta corriente bancaria se autorizan los descubrimientos (circunstanciadamente, en atención al cliente concreto), pero no hay (como en la cuenta corriente mercantil) recíproca concesión de crédito.
+ En la cuenta corriente bancaria los servicios de caja tienen carácter esencial (lo que diferencia este contrato del depósito en cuenta corriente).
+ En la cuenta corriente las entregas de dinero por el cliente son mera provisión de fondos (a diferencia también del depósito).