Hay que distinguir entre una regulación supraestatal (fundamentalmente, Directivas Comunitarias) y la estatal (por el título competencial del 149.1.11 de la Constitución: regulación de las bases del crédito, banca y seguros... ello deja ámbito a las Comunidades Autónomas para las Cajas de Ahorro, por ejemplo).
Antigua fotografía del Banco de España. |
La primera ley con una consideración global del Sistema Financiero es la Ley 44/2002, de 22 de noviembre o de Medidas de Reforma del Sistema Financiero (Ley de Reforma Financiera), traspone al Ordenamiento jurídico español la normativa comunitaria, para asegurar a las entidades financieras españolas un marco legal eficiente y competitivo con el de los Estados comunitarios. Trató de favorecer las condiciones de financiación de las PYMES y de reforzar la protección de los usuarios de servicios financieros, haciéndose eco de la crisis provocada por los escándalos Enron/Andersen, Gescartera o Parlamat, aportando normas sobre operaciones con información privilegiada y abuso de mercado. La Ley gira sobre tres ejes, que son los tres mercados financieros: el de crédito, el de valores y el de seguros. Aquí nos interesan los dos primeros sectores.
- Ley en el sector bancario
En el sector bancario la ley fundamental es la Ley 26/1988 de 29 de julio de Disciplina e intervención de entidades de crédito. Cada una de estas entidades tiene su propia normativa reguladora. Hay que tener en cuenta, además, la potestad reglamentaria del Ministerio de Economía y Hacienda, y por delegación, del Banco de España, a través de sus Circulares. Finalmente, los usos bancarios. Por su parte, la entidad de supervisión en el sector se rige por la Ley 13/1994, de 1 de junio de autonomía del Banco de España.
- Ley en el Mercado de Valores
En el Mercado de Valores la Ley 24/1988 de 28 de julio del Mercado de Valores y otras normas posteriores para su desarrollo, como el R.D. 1814/1991 que reguló los mercados de futuros y opciones o la Ley 3/1998, en orden a la desregulación y transparencia del Mercado de Valores. Sobre transparencia de las sociedades cotizadas, tras el fracaso de las propuestas de "autorregulación" (Código Olivencia primero e Informe Aldama después), la Ley 26/2003, de 17 de junio ha establecido un conjunto de normas de buen gobierno corporativo.