sábado, 1 de febrero de 2014

Sujetos y objeto del depósito bancario de uso

Atendiendo a los sujetos del contrato de depósito bancario de uso podemos diferenciar por un lado al depositante, que será el titular del depósito, y por otro lado al depositario, que estará conformado por el Banco.

Deposito bancario y dinero

- Depósito individual o colectivo


El titular del depósito bancario puede ser individual o colectivo:

+ Depósito individual


El depósito individual, puede incluir una "firma autorizada" (de forma que puede disponer alguien distinto del titular; ello es frecuente en el caso de sociedades).

+ Depósito colectivo


El depósito colectivo, puede ser indistinto (o solidario, en el que cada titular puede disponer de la totalidad del depósito); o conjunto (o mancomunado, en el que se precisa la firma de todos o de los que de entre ellos hayan convenido todos).

Las cuentas con varios titulares plantean cuestiones jurídicas peculiares en tres aspectos: la disponibilidad en caso de fallecimiento de uno de los titulares; la propiedad del saldo; y la posible presunción de solidaridad en caso de silencio sobre este punto en el contrato de depósito bancario de uso.

La jurisprudencia establece que la cuenta indistinta no presupone copropiedad del saldo, ni tampoco participación igualitaria en el mismo por parte de todos los titulares (por ejemplo, si son cinco, no cabe presumir que les pertenezca lo depositado por quintas partes): será cuestión sujeta a prueba la de la efectiva relación interna entre los titulares, que justifica la propiedad de cada uno.

- Objeto del depósito bancario de uso


+ Dinero depositado


La propiedad del dinero depositado se transmite al banco, que adquiere así su disponibilidad.

+ Equivalente (que el banco promete devolver)


Sobre este elemento gravita el posible pacto sobre compensación entre cuentas de un mismo titular conforme al cual, esa cantidad a devolver podría aplicarse por el banco para compensar saldos deudores del depositario en otras cuentas con el mismo banco.

+ Interés


El interés dependerá de que el depósito sea a la vista o a plazo, y de la mayor o menor duración de éste; pero también de la política del banco, que puede tener una estrategia de captación de clientes o competencia con otras entidades).

En los llamados depósitos estructurados, o depósitos bolsa, el interés está vinculado, sin embargo, al incremento de algún valor o índice bursátil, jugando el depositante a una posible mayor rentabilidad.