martes, 25 de marzo de 2014

El contrato de compraventa de empresa: concepto, características y formalidades

La empresa y sus elementos pueden ser objeto de negocio jurídico. Los negocios jurídicos más importantes que afectan a la empresa son tres: dos intervivos (la compraventa y el arrendamiento, los dos más importantes) y uno mortis causa (la transmisión mortis causa de la empresa). Ahora veremos el concepto del contrato de compraventa de empresa, sus características y si existen o no formalidades a cumplir .

Contrato de compraventa de empresa

- Concepto de compraventa de empresa


La compraventa de empresa es el contrato en virtud del cual un empresario (vendedor o transmitente) se obliga a entregar a otra persona (comprador o adquirente) una empresa, a cambio de un precio cierto.

Por tanto el transmitente tiene que ser empresario, porque sólo puede transmitir una empresa quien practica una actividad empresarial. Ahora bien, el adquirente no tiene que ser empresario, aunque al adquirir la misma se convierta en empresario.

- Características de la compraventa de empresa


La compraventa de empresa es un contrato atípico, es decir, es un contrato que no se encuentra regulado en nuestro derecho. Si la empresa carece de una regulación en nuestro derecho un contrato que afecta a la misma también carecerá de regulación en nuestro Derecho positivo.

La compraventa de empresa es un contrato especial por razón de su objeto, ya que su objeto es la empresa, y cuando hablamos a la empresa nos estamos refiriendo a todo el conjunto de elementos. Por tanto cuando se transmite una empresa de un vendedor a un comprador el objeto es único como único será contrato. No se realizan tantos contratos como elementos integran la empresa, sino que se realiza un solo contrato con un solo objeto: la empresa, un objeto complejo que integrará todos los elementos que la integran. La relación de los elementos que integran la empresa constituyen el objeto del contrato, que es uno.

Diversidad de modos de transmisión de sus elementos: aunque hemos dicho que el objeto del contrato es uno y único, esto no quiere decir que todos y cada uno de los elementos que integran la empresa se puedan transmitir en bloque de una determinada manera o modo del transmitente al adquirente. Habrá que estudiar el carácter de cada elemento para transmitirlo con su particular normativa aplicable.

El contrato de compraventa de empresa es un contrato mercantil ya que aún cuando no tiene una regulación unitaria por la naturaleza de su objeto, porque el objeto es la empresa y por tanto los elementos de los que se vale el empresa para llevar a cabo su actividad empresarial.

- Forma del contrato de compraventa de empresa


Existe una persona que quiere adquirir la empresa y otra que quieres transmitirla.

No hay ninguna norma que exija una determinada formalidad. El contrato de compraventa de empresa está sujeto al principio de libertad de forma ya que no existe ninguna normativa que nos exija el cumplimiento de una determinada formalidad para transmitir la empresa.

Ahora bien, aun cuando es un contrato consensual y no se rige por el principio de formalidad se recomienda como garantía jurídica formalizar este contrato bajo notario y que se otorgue escritura pública (anexando a la misma toda la relación de elementos que forman la empresa, claro). Es una recomendación sin embargo, no una obligación legal.

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Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.

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Fuente:
Lecciones magistrales del profesor de Derecho Mercantil (UCA) Pedro Javier Lassaletta García.