sábado, 18 de octubre de 2014

Funciones y sujetos del pagaré

Vamos a repasar en esta entrada las diferentes funciones del pagaré, cuyo concepto y características ya vimos aquí, además de los sujetos del mismo.

Pagare en Derecho mercantil

- Funciones del pagaré


+ Función económica del pagaré


La función económica del pagaré es ser un instrumento de crédito. Con esto nos referimos a ser un instrumento que permita el cumplimiento de una obligación dilatada en el tiempo.

Para eso como documento que facilita el crédito el pagaré presente dos características fundamentales: es muy fácil de transmitir y es sustituto de un crédito largo.

+ Articulación de pagos contra una cuenta corriente con vencimiento determinado


El pagaré se está utilizando para articular pagos contra una cuenta corriente con vencimiento en el momento que conste.

Igualmente cada vez es más frecuente utilizar el pagaré por los bancos para asegurar el cumplimiento de los créditos. El banco que te da un préstamo te hace emitir pagarés nominativos a favor del banco y en blanco, de tal manera que si se deja de pagar el préstamo el banco lo rellena con la cantidad que queda por pagar más los interés y ejecute el pagaré (ejemplo).

El argumento para eliminar el pagaré como cláusula abusiva de la doctrina es que se debe acreditar la cantidad que se debe.

- Sujetos del pagaré


Son sujetos del pagaré el pagador y el firmante.

Desde el principio hay en el pagaré un obligado principal.

Los pagaré se pueden emitir de forma nominativa o a la orden, pero no al portador (según la ley). No puede descartarse sin embargo la posibilidad de que el pagaré funcione en la práctica al portador.

En la letra de cambio también es posible que en un primer momento el librador y el librado sea la misma persona, es decir, que el librador decida pagarse la letra a sí mismo. En el caso del pagaré desde el punto de vista lógico es una tontería, es absurdo, aunque en la práctica existen supuestos en los que serían necesario y aunque tendría dificultades de encaje no sería inadmisible.

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Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.

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Fuente:
Lecciones magistrales del catedrático de Derecho Mercantil (UCA) Rafael Padilla González.