miércoles, 15 de octubre de 2014

Concepto y caracteres del pagaré

Tradicionalmente el título que se estudia como básico de los títulos valores en Derecho mercantil es el título de cambio, aunque el más utilizado en la práctica es el pagaré. Lo más correcto es por tanto es darle prioridad al pagaré.

Pagare en Derecho mercantil

- Concepto de pagaré


Un pagaré es un título valor donde un firmante se obliga a pagar a la persona designada en el título una determinada cantidad de dinero en una fecha y lugar determinado.

La literalidad del pagaré nos hace apreciar la existencia de una promesa. En este sentido se diferencia el pagaré tanto del cheque (se ordena al banco que pague a quien designes una cantidad dineraria) como la letra de cambio (el aceptante ordena pagar la letra a otro o a un tercero).

Pese a esta distinta naturaleza el contenido del título es muy parecido en el pagaré y en la letra de cambio (ambos contienen la obligación de pagar una determinada cantidad de dinero al sujeto legitimado para recibir el pago; ambos permiten el pago por intervención).

Si profundizamos el pagaré puede ser definido como un título valor literal, formal y abstracto, por el cual una persona (firmante) se obliga o compromete de forma incondicional a pagar una determinada suma de dinero cuando llegue el vencimiento del pagaré.

El pagaré no tiene que ser siempre a la orden, puede ser también nominativo. En ningún caso será el pagaré al portador.

- Caracteres del pagaré


Se trata de un título de pago (se promete pagar una cantidad de dinero). En un pagaré solo cabe tener un contenido pecuniario, no podría contener por ejemplo mercancías.

Contiene una promesa de pago (no sometida a condición).

La promesa de pago del pagaré contiene un derecho literal y un derecho autónomo a través de un título formal. Y eso se traduce en que si no se cumplen los requisitos o menciones del pagaré no se podrá concebir un pagaré.

El pagaré se hace efectivo en el momento en el que llegue su vencimiento. Esto quiere decir que en el pagaré hay un tiempo entre el vencimiento del pagaré y el momento en el que se ha exigido su cumplimiento. Sirven para aplazar deudas, recibiendo el deudor un plazo, facilitándose los negocios y que estos se produzcan. Los vencimientos de un pagaré son muchos, pudiendo ser a la vista, a un plazo determinado, a una fecha concreta, etc.

El pagaré determina un lugar de pago: se paga en el lugar donde diga el título (el domicilio del acreedor o el deudor o bien por ejemplo una cuenta corriente).

No podrá haber pagarés al portador.

----------

Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.

----------

Fuente:
Lecciones magistrales del catedrático de Derecho Mercantil (UCA) Rafael Padilla González.