martes, 23 de febrero de 2016

Técnicas legislativas de la CNUDMI: conclusión y adopción de textos legislativos

Para llevar a cabo su labor unificadora, la CNUDMI/UNCITRAL (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional) emplea diferentes técnicas legislativas, que pasamos a comentar.

UNCITRAL y Derecho Mercantil

- Convenciones y Convenios


A menudo una Convención se utiliza cuando el objetivo es lograr un alto grado de armonización del derecho de los Estados participantes. La obligación internacional asumida por ese Estado al adoptar la convención, tiene como fin garantizar que la ley de dicho Estado parte se ajuste a las disposiciones establecidas en la convención de que se trate. Si no se puede lograr un alto grado de armonización o si se desea alcanzar un mayor grado de flexibilidad que sea adecuado para la cuestión examinada, se podría utilizar una técnica de armonización diferente, como por ejemplo una ley modelo o una guía legislativa.

Para ser parte en una convención, se solicita formalmente a los Estados que presenten un instrumento de ratificación o adhesión vinculante ante el depositario. La entrada en vigor de una convención depende, habitualmente, de que se deposite una cantidad mínima de instrumentos de ratificación.

Sin embargo, no siempre se alcanza por el mecanismo de las convenciones la uniformidad pretendida. Sin duda, los límites impuestos por la propia materia y la posibilidad de imponer reservas por algunos de los Estados -a fin de adecuar la convención a las peculiaridades nacionales- suponen límites a las tentativas unificadoras.

Finalmente, la conveniencia de optar por la protección de una de las partes, puede suponer la ruptura del frágil equilibrio entre los intereses enfrentados, motivando su rechazo por los Estados y por los profesionales.

- Leyes modelo


Mecanismo indirecto para lograr la uniformidad. Pese a su denominación, carecen de valor normativo y sólo persiguen servir como ejemplo -como modelo-al legislador, que podrá corregirlo, adaptarlo en su integridad o, simplemente, inspirarse en sus planteamientos -además de, evidentemente, descartarlos-. Por ello, su valor y capacidad como instrumento unificador de los ordenamientos nacionales depende tanto de su adopción efectiva por los Estados, así como del grado de fidelidad al texto propuesto. Como ejemplos claros de este tipo de técnicas tenemos la Ley Modelo sobre Arbitraje Comercial Internacional, de 1985, o la Ley Modelo sobre Comercio Electrónico, de 1996, entre otros.

Precisamente, la flexibilidad intrínseca a las Leyes Modelos contribuye a que sean potencialmente más fácil de negociar que un texto en el que figuren obligaciones que no pueden modificarse, y puede fomentar una mayor aceptación en el caso de una ley modelo, que de una convención que regule la misma temática.

La CNUDMI concluye y adopta las leyes modelo generalmente en sus períodos de sesiones anuales, contrariamente a lo que sucede con la adopción de una convención, para lo cual es necesario la convocatoria de una conferencia diplomática.

- Guías legislativas y recomendaciones


Por varias razones, no siempre es posible redactar una convención o ley modelo para su incorporación a los ordenamientos jurídicos nacionales. Estos ordenamientos nacionales a menudo utilizan técnicas y criterios legislativos muy dispares para resolver una determinada cuestión; los Estados tal vez aún no estén preparados para llegar a un acuerdo sobre un criterio único o una regla común; tal vez no exista consenso sobre la necesidad de encontrar una solución uniforme para un determinado problema; o quizás existan diferentes niveles de consenso sobre las cuestiones clave de un tema particular y sobre la manera en que deberían abordarse. En tales casos, tal vez sea adecuado no tratar de elaborar un texto uniforme, sino limitarse a la formulación de principios o recomendaciones legislativas.

+ Guía legislativa


Texto en que se da orientación para la elaboración de leyes mediante el examen de cuestiones y opciones normativas pertinentes y la recomendación de soluciones legislativas adecuadas.

+ Guía jurídica


Texto en que se da orientación para la redacción de contratos mediante el examen de cuestiones pertinentes y la recomendación de soluciones apropiadas a las circunstancias del caso.

- Ejemplos de textos elaborados por la CNUDMI


+ Convenios Internacionales


. Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (Viena, 1980).

. Convenio de las Naciones Unidas sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo (NuevaYork, 2008), conocido como las "Reglas de Rotterdam".

. Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías (Hamburgo, 1978), conocido como las "Reglas de Hamburgo".

. Convención de las Naciones Unidas sobre la Utilización de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales (Nueva York, 2005).

+ Leyes Modelo


. Ley Modelo de la CNUDMI sobre las Firmas Electrónicas (2001).

. Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico (1996), junto con su nuevo artículo 5 bis, aprobado en 1998.

+ Guías Legislativas y Jurídicas


. Guía Legislativa de la CNUDMI sobre el Régimen de la Insolvencia.

. Guía Legislativa de la CNUDMI sobre las Operaciones Garantizadas (2007).

. Guía Jurídica de la CNUDMI para la Redacción de Contratos Internacionales de Construcción de Instalaciones Industriales (1987).

. Guía Jurídica de la CNUDMI sobre Operaciones de Comercio Compensatorio (1992).

- Conclusión y adopción de textos legislativos en el seno de la CNUDMI


Una vez que un grupo de trabajo ha preparado un proyecto de convención, de ley modelo o de otro instrumento legislativo, este se presenta a la CNUDMI para que lo examine en su período de sesiones anual. Si corresponde, el texto puede ir acompañado de un comentario explicativo preparado por la secretaría con el fin de orientar a la Comisión, los gobiernos y las Organizaciones Internacionales en sus deliberaciones. Generalmente, el proyecto de texto y el eventual comentario se distribuyen, con anterioridad al período de sesiones anuales correspondientes, entre los gobiernos y las organizaciones internacionales interesadas, para que realicen observaciones.

Se aplican diferentes procedimientos respecto de la conclusión y adopción de diversos tipos de textos:

. Si se trata, por ejemplo, de un proyecto de convención, la CNUDMI no puede finalizarlo por sí sola, requiriéndose de la intervención de la Asamblea General.

. Si el proyecto de texto es una ley modelo o una guía legislativa, generalmente la propia CNUDMI concluirá su texto y lo adoptará formalmente; no se requiere la adopción por una conferencia de plenipotenciarios.

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Fuente:
Nociones obtenidas en la asignatura “Derecho Mercantil Uniforme”, en el Grado de Derecho de la Universidad de Cádiz, impartida por la profesora Martín Castro.

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Por Alberto Freire Bolaño, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.