sábado, 28 de mayo de 2016

Naturaleza jurídica y fuentes del contrato de fletamento por viaje

Analizamos en esta entrada la naturaleza jurídica y las diferentes fuentes del contrato de fletamento por viaje.

Contrato de fletamento y Derecho mercantil

- Naturaleza jurídica del contrato de fletamento por viaje


Se trata de una locatio operis, cuyo resultado es el transporte, el traslado de mercancías hasta el puerto fijado en la póliza. En este contrato, el fletador paga un precio cierto y, a cambio, el fletante queda obligado a la realización de una obra determinada, encaminada a la obtención de un resultado útil concreto, el transporte marítimo de mercancías de un lugar a otro.

- Fuentes del contrato


. La primera fuente del contrato es la propia póliza de fletamento donde se plasme el contrato, aunque su emisión no es obligatoria.

. En su defecto, se aplicarán los preceptos de la Ley de Navegación Marítima -LNM, en adelante- que regulan el fletamento por viaje, y a falta de ambos, los usos de comercio. La naturaleza supletoria de la disciplina legal resulta expresamente reconocida en la Exposición de Motivos de la LNM, al señalar que “cuando exista póliza de fletamento el régimen legal tendrá carácter derogable, dada la posición de igualdad entre fletadores y armadores”.

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- El contrato de fletamento por viaje






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Fuente:
Nociones obtenidos al cursar la asignatura “Derecho Mercantil Uniforme”, dentro del Grado en Derecho (Universidad de Cádiz), impartida por la Profesora Mª Paz Martín Castro.

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Por Alberto Freire Bolaño, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.