viernes, 14 de febrero de 2014

Contenido del préstamo

Son sujetos del préstamo, el prestamista (el Banco) y el prestatario (cliente); pueden intervenir otros sujetos, como el avalista o el hipotecante (que puede ser el mismo prestatario u otra persona, en este caso, hipotecante no-deudor).

Prestamo

- Objeto del préstamo


Puede ser objeto de préstamo bien dinero, mercancías o valores.

- Forma en el préstamo


Atendiendo a la forma del préstamo rige al principio espiritualista (o de libertad de forma, conforme el artículo 1278 del Código civil y 51 del Código de Comercio), si bien:

+ Los préstamos de consumo han de constar por escrito para su validez.

+ A efectos probatorios y otros distintos de la validez, se requiere forma escrita (artículo 1280 del Código civil).

+ Las garantías tienen exigencias propias de forma (así, conforme al artículo 1875 del Código civil, la hipoteca requiere de escritura pública que se inscriba en el Registro de la Propiedad como forma de existencia).

+ La ejecutividad del crédito del Banco requiere una forma pública: póliza o escritura pública.