El contrato de franquicia, o franchising, es un tipo de concesión comercial, cuyo origen es norteamericano y que se encuentra en la actualidad en un creciente auge.
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Establecimiento de 'Taco Bell', una de las franquicias más demandadas hoy día. |
La franquicia se regula en el artículo 62 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, así como en el Real Decreto 2.485/1998, de 13 de noviembre, sobre el desarrollo del Registro especial de franquiciadoras. Además, es regulada en el Real Decreto 419/2006, de 7 de abril, relativo a la regulación del régimen de franquicia y el registro de franquiciadores, modificado por Ley 1/2010, de 1 de marzo, de reforma de la Ley 7/1995, de ordenación del comercio minorista.
- Características del contrato de franquicia
Es característico en el contrato de franquicia, complementar la concesión comercial ordinaria con un pacto de exclusiva y un derecho y obligación del franquiciado de utilizar los signos distintivos y las técnicas comerciales del franquiciador, que le prestará para este fin una asistencia técnica, a cambio de la cual percibirá una compensación económica.
- Obligaciones del franquiciador
El franquiciador suele asumir estas obligaciones:
- Permitir al franquiciado el uso de sus signos distintivos.
- Prestarle la asistencia técnica precisa para que utilice su sistema de comercialización.
- Suministrarle los productos o elementos empleados en la prestación de los servicios a que el contrato se refiera.
- Mantener un esfuerzo de promoción y publicidad de los servicios o productos con sus signos característicos.
- Respetar los pactos de exclusiva que haya contraído.
- Supervisar la correcta observancia de las técnicas comerciales.
- Obligaciones del franquiciado
- Remunerar al franquiciador con su correspondiente compensación económica.
- Aplicar los sistemas de comercialización del franquiciador así como respetar su imagen.
- Prestar correctamente los servicios del contrato disponiendo del correspondiente stock de productos para llevarlo esto a cabo.
- Observar las instrucciones del franquiciador sobre precios.
- Suministrar al franquiciador información sobre la situación del mercado en la medida de lo posible.
- Respetar los pactos de exclusiva.
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Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.
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Fuente:
Guillermo J. Jiménez Sánchez y Alberto Díaz Moreno (Coordinadores), "Lecciones de Derecho mercantil", págs. 652-653.