Los dividendos pasivos, también llamados desembolsos pendientes, son las aportaciones que el socio no ha desembolsado en el momento de la fundación de la sociedad, y cuyo pago ha aplazado para un momento posterior.
El TRLSA, en su art. 42, permite el establecer en los estatutos el plazo y la forma de entrega de los dividendos pasivos. En caso de que no se haya establecido esto en los estatutos, el plazo y entrega los decidirán los administradores.