Se considera a los planes de pensiones contratos de tipo colectivo de previsión, estableciéndose en ellos claras similitudes con los seguros de grupo y las mutualidades, justificándose esto con el mismo surgimiento de una relación jurídica en la cual deriva de las partes una obligación de hacer aportaciones atendiendo a términos pactados, además de un derecho de asimilar o percibir una serie de pensiones bien a favor de los propios partícipes o bien a favor de terceros que se beneficiarían de ello.
- Modalidades de planes de pensiones
Podemos diferenciar tres modalidades diferentes de planes de pensiones en función de los sujetos que los constituyen, a saber sistema de empleo, sistema asociado o sistema individual.
+ Sistema de empleo
El sistema de empleo es aquel correspondiente a los planes de los que el promotor es cualquier Entidad, Corporación, Sociedad o Empresa. Tiene como participante a sus empleados.
+ Sistema asociado
El sistema asociado es aquel correspondiente a planes de los que es promotor cualquier Asociado, Sindicato, gremio o colectivo. Sus partícipes son los asociados y miembros.
+ Sistema individual de pensiones
El sistema individual es aquel correspondiente a planes de los que es promotor una o varias Entidades de tipo financiero. Puede ser partícipe en el sistema individual cualquier persona física.
- Planes de pensiones en función de las obligaciones
En función de las obligaciones se pueden distinguir planes de pensiones de prestación definida y planes de pensiones de aportación definida.
+ Planes de pensiones de prestación definida
Los planes de pensiones de prestación definida se caracterizan por definir las cuantías de las prestaciones.
+ Planes de pensiones de aportación definida
Los planes de pensiones de aportación definida se caracterizan por definir el nivel de las contribuciones.
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Por Javier García de Tiedra González, Abogado y autor de Introducción a la Inversión, una guía para aprender desde cero a rentabilizar nuestros ahorros.
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Fuente:
Guillermo J. Jiménez Sánchez y Alberto Díaz Moreno (Coordinadores), "Lecciones de Derecho mercantil", págs. 667-669.