domingo, 25 de enero de 2015

El contrato de descuento bancario: concepto, características, función económica y modalidades

El contrato de descuento bancario es el contrato por medio del cual una entidad de crédito (descontante) se obliga a anticipar a un cliente (descontatario) el importe de un crédito pecuniario no vencido que éste tiene contra un tercero, a cambio de la cesión de la titularidad del crédito “salvo buen fin” y de la deducción (o descuento) de un interés o porcentaje de su nominal.

Contrato de descuento bancario y Derecho mercantil

- Características del contrato de descuento bancario


De la definición propuesta pueden destacarse los cuatro componentes esenciales de esta operación:

+ En primer lugar, la participación de tres elementos personales: el banco que anticipa el importe del crédito, el cliente del banco que desea obtener el anticipo, y un tercero que es deudor a plazo de éste.

+ En segundo término, el crédito objeto de descuento debe ser de vencimiento futuro, determinado o determinable.

+ La tercera característica es la transmisión del crédito “salvo buen fin” a la entidad descontante, que se subroga en la posición del descontatario.

+ Por último, es fundamental para la operación la obligación que asume el descontatario de restituir al descontante el crédito, de no ser satisfecho a su vencimiento.

Dinero y contrato de descuento bancario

- Función económica del descuento


El descuento, una de las operaciones bancarias más importantes, constituye un eficaz instrumento jurídico de concesión de crédito y uno de los medios más usuales utilizados por los bancos para proporcionar liquidez a sus clientes.

El descuento permite la realización anticipada de un crédito no vencido que un sujeto ostenta contra su deudor, y su relevancia aparece ligada a la práctica de la venta a plazos de bienes y servicios, ya que posibilita a los acreedores titulares de créditos con vencimiento aplazado la percepción anticipada del importe de sus créditos, mediante su cesión onerosa a un banco sin esperar al transcurso del plazo.

Descuento bancario y credito

- Modalidades del contrato de descuento


Según la clasificación más extendida, puede distinguirse entre descuento de títulos cambiarios (pagarés y letras de cambio) y no cambiarios (cupones de acciones, obligaciones, etc.).

+ Descuento de títulos cambiarios


En el campo del descuento de títulos cambiarios, la operación se realiza fundamentalmente sobre letras de cambio que se endosan a la entidad de crédito.

En este tipo de descuento cambiario se distingue entre el descuento comercial y el descuento financiero.

. Descuento comercial

Existe descuento comercial cuando la letra de cambio descontada presupone la existencia de una operación comercial celebrada entre librador y librado, para cuyo pago se crea precisamente el efecto. Por tanto, existe descuento comercial siempre que hay un crédito efectivo que sirve de soporte a la letra de cambio y asegura su pago.

. Descuento financiero

En el descuento financiero la finalidad económica es distinta: aquí la letra de cambio no responde a la ejecución de una operación comercial, sino que funciona como instrumento de crédito para que el banco facilite fondos al cliente sin necesidad de recurrir al tradicional contrato de préstamo, operando como una garantía cambiaria a favor del banco por el importe del capital prestado más sus intereses.

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